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Res AFIP 4182/2018 Régimen de envíos postales Modificaciones


Con la publicación en el boletín oficial de la Res 4182/18 se modifican los procedimientos para el envío de mercaderías a través del correo

 

Los sujetos que reciban envíos de mercaderías provenientes del exterior, que ingresen al país mediante el Correo Oficial (incluido el servicio puerta a puerta) deberán tener en cuenta el siguiente procedimiento:

 

PROCEDIMIENTO APLICABLE PARA LA RECEPCIÓN DE ENVÍOS POSTALES INTERNACIONALES CUYO VALOR NO SUPERE LA FRANQUICIA DE USD 25

 

Aduana procederá a seleccionar los envíos cuyo valor en aduana no supere la franquicia establecida por el Articulo 80, apartado 1, inciso c) del Dec.1001/82 (franquicia de USD 25). De acuerdo con la selección mencionada, el Servicio Aduanero librará los envíos correspondientes para que el Correo Oficial realice su entrega en el domicilio del destinatario, bajo la modalidad puerta a puerta

 

Cuando se supere el valor de la franquicia establecida de USD 25, el destinatario deberá ingresar el importe correspondiente al pago del arancel único del CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre el valor del envío de que se trate, conforme a lo dispuesto por el régimen vigente.

El pago de arancel será realizado mediante el procedimiento que será informado en el sitio «web» de este Organismo (http://www.afip.gob.ar

 

Este procedimiento será de aplicación también para aquellos envíos que a la fecha de entrada en vigencia de esta norma, aún no hayan sido liberados a plaza.

 

Esta resolución general entrará en vigencia a partir del día de hoy

 


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