En el día de la fecha se publicó el decreto 2103/2014 en el cual se crea la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y TRAZABILIDAD DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR, a los efectos de asegurar la estabilidad macroeconómica.
El comercio exterior ha crecido sistematicamente en el período 2003-2013, alcanzando en el año 2011 un monto aproximado de USD 150.000.000.000
Las empresas multinacionales participan aproximadamente en el 68% del comercio exterior argentino
La AFIP ha detectado en diferentes casos de sobrefacturacion de importaciones, subfacturación de exportaciones y precios de transferencia que disminuyen el monto de impuestos a pagar en la Republica Argentina.
Que una operación de subfacturación de exportaciones implica establecer un monto total de facturación de las mismas por debajo de su precio real impactando en menor rentabilidad y reducción de los tributos a pagar en nuestra jurisdicción y violando la ley penal cambiaria logrando de este modo apropiarse de la divisa en una cuenta del exterior e ingresando un menor monto al país. Ello repercute negativamente en la economía generando: menor cantidad de divisas ingresadas, tributos determinados y pagados por menor valor y alteración de la cadena de valor.
Que una operación de sobrefacturación de importaciones implica que los bienes importados son valuados por encima del valor real con el objeto de transferir más divisas al exterior y lograr un impacto negativo en los resultados de la empresa a los efectos de evadir el impuesto a las ganancias en el país.
Que los precios de transferencia manipulados entre empresas vinculadas permiten efectuar remisiones ilegales de utilidades o afectar el pago de tributos localmente
Que, a tales fines resulta necesario, crear en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS una UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y TRAZABILIDAD DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR, que tendrá como cometido organizar un sistema de seguimiento y verificación de las transacciones del comercio exterior argentino
Por lo antes expuesto, se crea la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y TRAZABILIDAD DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR con el objeto de verificar el precio y la cantidad de los bienes y servicios exportados e importados por el país conjuntamente con el ingreso y el egreso de divisas.
La UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y TRAZABILIDAD DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR desarrollará las siguientes tareas:
a) Efectuar el monitoreo de las operaciones de comercio exterior, procurando su seguimiento y trazabilidad.
b) Coordinar el acceso, por parte de los organismos competentes, de los reportes de las operaciones de comercio exterior a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales exigidos por la normativa vigente.
c) Efectuar el seguimiento de los ajustes y denuncias formuladas por los organismos de control relacionadas con las operaciones de comercio exterior.
d) Solicitar y brindar información a otras jurisdicciones sobre los temas de competencia de la Unidad.