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Liquidaciones LMAN en el SIM. Resolución General N° 3.712


A partir del 4/03/15, cuando se registre en el SIM en forma manual o automática una liquidación manual, se generará automáticamente una notificación SICNEA.
Los motivos son varios: CERTIFICADO DE ORIGEN NO APLICABLE
CERTIFICADO DE ORIGEN OBSERVADO
DEVOLUCION DE REINTEGROS
EJECUCION DE GARANTIAS
FALTA DE DCOMUNETACION
MULTA POR DOCUMENTAR FUERA DE TERMINO
OFICIALIZACION
RELIQUIDACION
TRANSITO.-

El plazo para cancelar el pago sin intereses será de 10 días desde la fecha de la notificación.-
Cumplido el plazo sin producirse el pago o la impuganción, el sistema otorgará 5 días hábiles para aplicar la SUSPENSION AUTOMATICA (Art. 1122 CA).-
Vencido el plazo podrá reliquidarse la deuda original más los intereses generando la LMAN correspondiente en el servicio con clave fiscal que corresponda (Gestión de Importadores/Exportadores”, “Gestión de los Despachantes” o “Pagos y Liquidaciones-Auxiliares de Comercio Exterior”).-

A partir del día 31 de la fecha de notificación, en estado VEE (Vencida y Exigible), el sistema le indicará a la DGA las liquidaciones por las cuales se puede iniciar boleta de deuda. En esa instancia el pago debe realizarse en sede aduanera (Reliquidación de boleta de deuda).-


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