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MEMORANDO 03/2013 (Aduana de Mendoza)


MEMORANDO 03/2013 (Aduana de Mendoza)

Mendoza 15 de Agosto de 2013-08-16

Se instruye a todo el personal de esta Aduana lo siguiente:

a)      Los pesajes de las taras de las unidades de transporte se efectuaran por separado, es decir el camión por un lado y el acoplado/semi por el otro, todo ello con la finalidad de que su utilización pueda ser indistinta a fin de que los transportistas puedan armar la configuración camión/semi que les resulte conveniente para cada operación. En cada caso el ticket de balanza debe estar firmado por el agente aduanero que superviso dichas pesadas.

 Dicha instrucción es para las transportes nacionales, pudiendo los transportes extrajeron acogerse a esta modalidad, presentando las actuaciones (original y dos copias) ante la sección G (Resguardo). De no optar por este procedimiento deberá hacerse de acuerdo a lo normado.

 Asimismo se recuerda que:

 Cuando un funcionario de Aduana (guarda, verificador, jefe de sector) se encuentre en algún lugar operativo despachando permisos de embarque y alguna empresa de transporte les solicite presenciar el pesaje de tara de alguna unidad de trasporte, sea esta quien solicite el servicio o no, deberá prestar colaboración a ello a la mayor brevedad posible , sin obstaculizar la operación para la que originalmente había sido habilitado, deberá firmar los respectivos ticket de pesada, a titulo de colaboración con las empresas de transporte que lo requieran.

 Al momento del despacho de mercaderías, el guarda interviniente deberá solicitar al ATA copia autenticada de la actuaciones presentadas oportunamente antela sección Resguardo con el listado de pesajes actualizadas al 01/01/2013, de tara autorizados ante la sección Resguardo en el que conste la unidad de transporte sobre la que se está operando.

 Constatado el punto anterior se procederá a la agregación de una copia de la misma al sobre contenedor (taras) firmadas por el ATA y el agente aduanero que está interviniendo en la operación

 Las mercaderías despachadas deberán ser cubiertas totalmente por la lona, la que deberá ser enteriza, sin añadiduras, parches o rotura, colocada extendida sobre el perímetro a cubrir y fijada a la caja asegurándola con una única soga de nylon envainada, precintándose en sus extremos por un precinto

 Los camiones con la mercadería a exportar, deberán estar en el lugar autorizado como predio de exportación

Juan Daniel Tapia

Administrador Aduana de Mendoza


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