Con la experiencia adquirida y el análisis de la información técnica recogida por parte de laboratorios de ensayos respecto de las Normas IRAM NM 300-3; EN 71-3 o ISO 8124-3, aplicables a diversos productos, para los cuales se ha venido tramitando el certificado de tintas, demuestran que no amerita la continuidad de tal exigencia, siendo innecesario mantenerla, correspondiendo excluir dichos productos del régimen en cuestión, por lo que se publico la Resolución SC 171/18 en el boletín oficial, la cual elimina de la obligatoriedad de tramitar la certificación de tintas para las mercaderías que se informan el detalle adjunto
Se destacan principalmente laminas, placas y hojas de plástico, cajas de papel y cartón corrugado, sacos bolsitas y cucuruchos, cartonajes de oficina, etc.